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18

Mar
2022

INFORMACIÓN QUE DEBE ENTREGAR UN GESTOR DE UN CONTRATO DE ASOCIACIÓN o CUENTAS EN PARTICIPACIÓN U OTRO ENCARGO FIDUCIARIO EN LA DECLARACIÓN DE RENTA 2022

El Servicio de Impuestos Integrados (SII), a través de la Subdirección de Fiscalización del Departamento de Diseño de Procedimientos, emitió el pasado 14 de febrero de 2022  la Resolución Exenta SII Nº15, mediante la cual se establece la información que debe proporcionar el gestor de un contrato de asociación o cuentas en participación u otro encargo fiduciario, en el formulario 22 sobre Declaración de Impuestos Anuales a la Renta para el ejercicio fiscal 2022.

La resolución dispone los nuevos códigos 1823, 1824, 1825 y 1826, que el gestor debe incorporar de forma correcta y sin errores, so pena de sanción, al Formulario 22 a partir del año tributario correspondiente al año comercial en que se acredite la efectividad, condiciones y monto de la participación de los partícipes o beneficiarios en la asociación o cuentas en participación o encargo fiduciario.

Lo anterior como consecuencia de la modificación de la Ley de Impuesto sobre la Renta según el cual dispone que por regla general las rentas que provengan de una asociación o cuentas en participación y de cualquier encargo fiduciario, se gravará al gestor con los impuestos de dicha ley.Vale señalar que el gestor de una asociación o cuentas en participación y de cualquier encargo fiduciario es el responsable exclusivo del cumplimiento de las obligaciones tributarias referente a las operaciones que constituyan el giro de la asociación u objeto del encargo.

Las instrucciones de llenado de los códigos señalados en la Resolución Exenta SII Nº15 se encuentran contenidas en el Anexo de la Resolución, que forma parte integrante de la misma.

El texto de la resolución puede ser revisado en el siguiente enlace: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2022/reso15.pdf

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