Una nueva circular con las instrucciones relativas a la forma en que los contribuyentes pueden comparecer; es decir, presentarse o ser representados ante el Servicio de Impuestos Internos (SII), fue publicada el 18 de enero de 2022 identificada con el N° 4 GE00195417.
Esta nueva circular deja sin efecto la Circular 54 de 2002 -modificada por la Circular N° 12 de 2021 que regulaba la materia hasta la fecha-, con el fin de consolidar las instrucciones existentes en un solo documento que permita a contribuyentes y funcionarios una consulta expedita y completa.
El texto legal define comparecencia como “el acto de una persona de presentarse ante otra, sea espontáneamente, sea en virtud del llamamiento o intimación de una autoridad, para la práctica de una actuación administrativa”.
Las personas identificadas como contribuyentes frente a la ley, pueden presentarse de dos formas ante el Servicio de Impuestos Internos: personalmente o representado por un tercero, resultando posible, en ambos casos, que dicha comparecencia sea presencial o por medios electrónicos.
La comparecencia personal se refiere exclusivamente al caso de las personas naturales. Las personas jurídicas y otras agrupaciones sin personalidad jurídica sólo pueden actuar ante el SII mediante sus representantes o apoderados
El texto completo de la circular puede ser consultado en el siguiente enlace: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/circulares/2022/circu4.pdf