Durante mucho tiempo se discutió sobre la modernización del sistema tributario chileno. Los resultados de este intenso debate se plasmaron en el año 2020 con la aprobación, por parte de la Cámara de Diputados, de la Ley N.º 21.210, cuyo objetivo es facilitar los trámites de los contribuyentes y aumentar la recaudación fiscal. Como resultado de este proceso, se hicieron cambios en la declaración jurada de impuestos y en el Código Tributario.
En 2022 también se modificarán los regímenes tributarios de las empresas chilenas. Uno de los principales cambios será la obligación de pagar el impuesto al valor agregado (IVA) de todos los servicios. Esta disposición regirá a partir del 1º de enero. Del mismo modo, se adoptarán medidas tributarias con el objetivo de reactivar la economía después de la pandemia.
A continuación presentamos las principales actualizaciones en materia tributaria de 2022 que debes conocer.
Tras el impacto económico de la pandemia, el 2 de septiembre de 2021 se publicó la Ley N.º 21.256. Según el Informe de Finanzas Públicas 2021, elaborado por la Dirección de Presupuestos, esta disposición ofrecerá beneficios tributarios a los microempresarios y conductores del transporte remunerado de pasajeros. De esta manera, se impulsará la reactivación económica en un contexto de convergencia fiscal de mediano plazo.
Entre las medidas tributarias cabe destacar la disminución transitoria del impuesto de primera categoría de 25 a 10 %. Esta medida se aplicará a las rentas obtenidas durante los años 2020, 2021 y 2022. Los contribuyentes beneficiados serán los acogidos al Régimen Pro Pyme. El patrimonio de este grupo de contribuyentes se disminuirá en un 50 % de la tasa de Pagos Provisionales Mensuales.
La Ley también introdujo dos nuevos regímenes de depreciación instantánea: uno de ellos, de carácter general para todo el país, amplía este mecanismo para las inversiones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2022. El segundo régimen permite la depreciación instantánea respecto de los siguientes activos intangibles:
– Derechos de propiedad industrial protegidos por la Ley N.º 19.039.
– Derechos de propiedad intelectual protegidos por la Ley N.º 17.336
– Nueva variedad vegetal protegida por la Ley N.º 19.342.
El punto 5 de la Ley 21.256 establece la liberación del pago de la contribución regional a los proyectos iniciados hasta el 31 de diciembre de 2021. Esta liberación no altera la obligación de declaración.
El punto 6 amplía la postergación del pago del IVA hasta por tres meses para las empresas acogidas al Régimen Pro Pyme que cumplan los demás requisitos legales.
La Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios grava con IVA los servicios que provengan de actividades señaladas en el artículo 20 de la Ley del Impuesto a la Renta: actividades comerciales, industriales y extractivas. No obstante, el 20 de septiembre de 2021 el Ejecutivo elaboró un proyecto de ley para reducir o eliminar exenciones tributarias a los actores del sector inmobiliario, construcción y de servicios de comercio, industriales y actividades extractivas
En ese sentido, la regla principal consistirá en que todos los servicios se gravan con IVA, con excepción de los servicios prestados de manera independiente por personas naturales, los provenientes del ejercicio de profesionales liberales y los obtenidos por sociedades de profesionales que no tributen de acuerdo con las normas de primera categoría. La afectación con IVA regirá a partir del 1° de enero de 2022.
En cuanto al sector construcción, la Circular 37 señala que la venta de inmuebles construidos se grava con IVA. Por su parte, el proyecto del 20 de septiembre de 2021 señala que las empresas constructoras mantendrán el beneficio de deducir el 65% del débito del impuesto al valor agregado. Sin embargo, solo se contarán aquellas ventas que se realicen con anterioridad al 1 de enero de 2022, siempre que el permiso municipal se haya obtenido con anterioridad a esta fecha.
El proceso de la Operación Renta faculta a los contribuyentes y las empresas a declarar sus ingresos y rentas anuales. De esta manera, se cumplen las obligaciones tributarias; cada contribuyente, según su situación económica, podrá recibir una devolución o pagar impuestos. El trámite se realiza en abril de cada año por el Servicio de Impuestos Internos, institución que fiscaliza a las empresas que realizan actividades de primera o segunda categorías.
El cumplimiento de los plazos es fundamental para evitar multas. Las declaraciones juradas deberán presentarse entre el 1 de marzo y el 30 de junio de 2022. El impuesto sobre la renta tendrá que declararse en abril. Por último, las devoluciones se reintegrarán entre el 11 y el 30 de mayo. No obstante, este trámite dependerá de la fecha de presentación del Formulario 22.
Las declaraciones juradas se actualizarán en la Operación Renta de 2022. La Resolución Exenta N.º 98 plantea cambios en la Declaración Jurada N.º 1879, con un nuevo formato e instrucciones de llenado. Las mismas modificaciones se aplican a la Declaración Jurada N.º 1943 presentada por empresarios individuales, empresas individuales de responsabilidad limitada (EIRL), sociedades de personas, sociedades por acciones y sociedades anónimas (S.A.).
Estas nuevas medidas alivian la carga tributaria de las empresas y demás contribuyentes. Se espera que estas actualizaciones reactiven la economía nacional durante el 2022. Las principales actualizaciones incluyen las exenciones o postergaciones del pago del IVA, los cambios en los plazos y la modificación de las declaraciones juradas de impuestos.
Puntos principales del contenido (5 puntos):
– La reactivación económica y del empleo en Chile se impulsa con el apoyo y el fortalecimiento de las Pymes.
– Las empresas acogidas al Régimen Pro Pyme recibirán beneficios fiscales en el marco de la Ley N.º 21.256.
– Los cambios en las exenciones tributarias para 2022 impactarán a la mayoría de los servicios gravados con IVA.
– Las empresas del sector construcción mantendrán su obligación de pagar el IVA durante el próximo año.
– La Operación Renta 2022 tendrá cambios significativos en los plazos y las declaraciones juradas.
Fuentes:
GARRIGUES. (2020, 17 marzo). Chile: La Ley de Modernización Tributaria incorpora tres nuevos regímenes para los contribuyentes de primera categoría. https://www.garrigues.com/es_ES/noticia/chile-la-ley-de-modernizacion-tributaria-incorpora-tres-nuevos-regimenes-para-los
P. (2021a, junio 17). Proyecto de Ley establece medidas tributarias para reactivación económica y del empleo.AlessandriAbogados.https://alessandri.legal/proyecto-de-ley-establece-medidas-tributarias-para-reactivacion-economica-y-del-empleo/
S. (2020d, agosto 18). Medidas tributarias para la reactivación a Ley – Senado – República de Chile. Senado. https://www.senado.cl/noticias/impuestos/medidas-tributarias-para-la-reactivacion-a-ley
Llompart, V. (2021, 2 noviembre). ¿Cuáles son los cambios que propone el gobierno para el IVA a los distintos servicios? | INTERACTIVO. Diario Financiero. https://www.df.cl/noticias/economia-y-politica/guias-df/cuales-son-los-cambios-que-propone-el-gobierno-para-el-iva-a-los/2021-09-21/173555.html
María Ignacia Pentz (2021, 7 diciembre). Todo lo que necesitas saber sobre la OperaciÃ3n Renta 2022. LaTercera.https://www.latercera.com/transformadores/noticia/todo-lo-que-necesitas-saber-sobre-la-operacion-renta-2022/6Q24IHRKJVESXONNNQK2A2F3GU/