Ley N° 21.342
El pasado 1 de junio se publicó la Ley N° 21.342 que establece una serie de medidas de protección que deberán adoptar los empleadores en favor de sus trabajadores para el retorno gradual y seguro al trabajo en forma presencial, mientras esté vigente la alerta sanitaria decretada debido al COVID-19.
Los principales aspectos a considerar de esta Ley son los siguientes:
– Obligación para el empleador de implementar la modalidad de teletrabajo y/o trabajo a distancia, cuando la naturaleza de los servicios así lo permita, sin reducción de remuneraciones, para aquellos trabajadores que se encuentren dentro del grupo de riesgo por COVID-19, así como también aquellos que tengan bajo su cuidado a un menor de edad, personas con discapacidad, adulto mayor o hayan sido beneficiarios de la Ley N° 21.247 sobre Crianza Protegida.
– Obligación para el empleador de contar con un Protocolo de Seguridad Sanitaria Laboral por COVID-19 ante el retorno presencial de trabajadores. La ley contempla un plazo de 10 días hábiles, contados desde su publicación en el Diario Oficial, para confeccionar el citado Protocolo.
– Obligación para el empleador de contratar un seguro individual obligatorio asociado a la enfermedad por COVID-19. La ley contempla que su contratación se deberá realizar una vez que se haya depositado la póliza respectiva de seguros en la Comisión de Mercado Financiero (CMF).