El Servicio de Impuesto Interno (SII) publicó el detalle de las instrucciones relativas a la obligación de informar la inscripción y transferencia de activos intangibles sujetos al régimen de depreciación instantánea fijados en el artículo 22 transitorio bis de la Ley N° 21.210, que estableció las reformas a la Ley sobre Impuesto a la Renta del año 2020.
Los entes sujetos a la entrega de información según la Resolución EX. SII Nº134 son: el Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INAPI), el Departamento de Derechos Intelectuales del Servicio Nacional de Patrimonio Cultural y el Departamento de Semillas del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), respectivamente, que deberán proporcionar anualmente al Servicio de Impuestos Internos información acerca de las inscripciones o transferencias que se indican en esta norma legal.
La información requerida deberá remitirse al SII dentro del mes de abril del año 2022 respecto de los activos intangibles inscritos o transferidos entre el 01 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2021; y durante el mes de abril del año 2023 tratándose de los activos intangibles inscritos o transferidos entre el 01 de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2022.
La Resolución EX. SII Nº134 en el siguiente link : https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2021/reso134.pdf